La aprobación en el Parlamento Europeo y en el Consejo de la Unión Europea de la Directiva sobre los Derechos de Autor en el Mercado Único Digital no ha estado exenta de controversia, sobre todo por la consecuente ratificación de sus artículos 15 y 17. En esencia, el primer artículo reconoce el derecho de las editoriales de prensa de definir el uso y la comunicación pública de sus contenidos en línea; y el segundo, la obligación de los prestadores de servicios de internet de obtener la correspondiente autorización de titulares de derechos de autor y conexos para los contenidos que suban sus usuarios, o de demostrar que han hecho los mayores esfuerzos, ya sea por conseguir esa autorización, ya sea por retirar el contenido en cuestión.
La controversia surge del señalamiento de varios grupos de la sociedad civil y de la academia de que el contenido de ambos artículos era peligroso para el internet y para la libertad de expresión, así como para el acceso a la cultura y la información. A pesar de los esfuerzos de estos grupos y de la oposición contra la Directiva, tuvieron más peso los argumentos del sector de los medios en la decisión del Parlamento.